¿Es legal grabar la entrada de mi tienda con cámaras?
Si tienes un comercio en Sevilla y quieres instalar cámaras, la respuesta corta es: sí, es legal, pero con condiciones. Aquí te las explicamos sin tecnicismos.
¿Qué normativa aplica?
El RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) y la LOPDGDD (la ley española que lo desarrolla) regulan cualquier tratamiento de imágenes que permita identificar personas. Si tu cámara enfoca un sitio donde hay clientes o trabajadores, estás dentro.
Las 5 obligaciones básicas
1. Cartel informativo visible
En la entrada del establecimiento, antes de que el cliente esté siendo grabado, debe haber un cartel con:
- Pictograma de cámara
- Nombre del responsable (tu razón social)
- Finalidad ("seguridad")
- Información sobre cómo ejercer derechos
La AEPD facilita un modelo gratuito en su web.
2. Conservación máxima de 30 días
Las grabaciones se borran automáticamente a los 30 días, salvo que estén relacionadas con un hecho denunciado. El plazo lo configuras en tu NVR — pídele a tu instalador que lo deje hecho.
3. No grabes la vía pública
Solo puedes captar lo estrictamente necesario para vigilar el acceso a tu tienda. Una cámara que enfoca medio metro de acera para ver bien la puerta es admisible; una que enfoca toda la calle, no.
4. Registro de Actividades de Tratamiento (RAT)
Es un documento interno (no se manda a nadie, pero la AEPD te lo puede pedir en una inspección). Incluye qué grabas, para qué, durante cuánto tiempo y con qué medidas de seguridad.
5. Información a empleados
Si la tienda tiene personal, debes informarles por escrito antes de que las cámaras estén operativas. Y nunca puedes ponerlas en aseos, vestuarios ni zonas de descanso.
Errores que más se sancionan
- ❌ Cartel ausente o ilegible.
- ❌ Grabaciones que no se borran nunca.
- ❌ Cámaras enfocando vía pública o el negocio del vecino.
- ❌ Compartir grabaciones por WhatsApp o redes.
- ❌ Reconocimiento facial sin Evaluación de Impacto.
¿Y si pongo una cámara que graba audio?
El audio es especialmente sensible. La AEPD considera que la grabación de conversaciones es desproporcionada en la mayoría de comercios, así que por defecto: desactiva el micrófono. Solo se permite en casos muy concretos y justificados.
Te enviamos el cartel y la documentación gratis
Con cualquier kit de videovigilancia de Kamara incluimos sin coste el cartel oficial homologado, el modelo de RAT y la cláusula informativa para empleados, ya rellenados con tus datos.
Quiero el pack legalResumen rápido
- Cartel visible en entrada
- Borrar grabaciones a los 30 días
- Solo grabar tu propiedad (no calle ni vecinos)
- Tener el RAT al día
- Informar por escrito a empleados
Cumple esto y duermes tranquilo.